Contar con el certificado energético es algo obligatorio si se quiere vender o alquilar una casa o apartamento. Sin embargo, hay algunos casos en los que no se necesita, pero ¿Qué viviendas no necesitan certificado energético?

En Núñez-Esteban mostramos algunos de los tipos de inmuebles que no requieren de esto y algunas de las razones de por qué esto es así. Veamos.

Viviendas que no necesitan certificado energético

Según el Real Decreto 235/2013, hay algunas viviendas en las que no es obligatorio obtener el certificado energético, estas son:

  • Edificios que están protegidos por su importancia histórica o arquitectónica.
  • Edificios o partes de estos que se emplean para cultos u otras actividades religiosas.
  • Construcciones provisionales que sólo serán utilizadas por un tiempo menor a los dos años.
  • Edificio industriales, agrícolas o militares que tienen una baja demanda energética.
  • Edificios o partes aisladas que tienen menos de 50 m2 de superficie útil.
  • Edificios que se han adquirido para demoler o reformar.
  • Viviendas que solo se utilizan menos de 4 meses al año y consumen menos del 25% de energía que consumiría si se usara durante todo el año.

Razones por las que algunas viviendas no necesitan certificado energético

Aunque el decreto parece bastante claro, siempre surgen algunas dudas sobre estos puntos. Es por esto que, a continuación, hablamos en más profundidad sobre qué viviendas no necesitan certificado energético y las razones.

Edificios protegidos

Los edificios que están protegidos por su valor histórico o arquitectónico no necesitan este certificado debido a que las medidas para mejorar la eficiencia en muchas ocasiones no serán posible.

Esto se debe a que muchas veces estas medidas requieren de realizar reformas que podrían alterar o cambiar el aspecto de la edificación. Sin embargo, el propietario puede obtener el certificado energético, pero por puro valor informativo.

Edificios militares, agrícolas e industriales

Los espacios que no requieren de condiciones térmicas de confort (de baja demanda de energía) no necesitan del certificado energético. No obstante, si poseen una zona destinada a oficinas, esta debe ser certificada.

Edificios aislados de menos de 50 m2

La razón de esta excepción radica en que están aislados. Solo los edificios que realmente se encuentran aislados pueden prescindir de este certificado, teniendo en cuenta que no deben sobrepasar los 50 m2. Un ejemplo de esto sería una casa en el campo.

Alquiler vacacional

Los edificios que se utilizan por un tiempo menor a los 4 meses al año y que consumen menos del 25% de energía que el que utilizarían durante todo el año, pueden prescindir de este certificado.

Este hecho deja ver que algunas viviendas que se dedican al alquiler vacacional pudieran cumplir con estos estándares y no necesitar el certificado. Sin embargo, el propietario debe hacer constar el consumo y los datos de uso por medio de una declaración responsable.  

Negocios

Las oficinas y los locales siempre van a necesitar obtener el certificado energético. Pero, en el caso de los negocios que se realicen en espacios, tales como las naves industriales o agrícolas, no lo necesitan.

Núñez- Esteban: tu ayuda para obtener el certificado energético

Después de conocer qué viviendas no necesitan certificado energético, puede que te des cuenta que tu vivienda sí lo necesita o aun si estás exonerado quieras tramitarlo para estar informado. En cualquier caso, Núñez- Esteban están para ayudarte. Contamos con diferentes servicios para ti, contáctanos y conoce sobre estos.