Desde la página web del Ayuntamiento de Málaga  nos podemos descargar la Ordenanza municipal nº 16, “Tasa por la realización de actividades administrativas con motivo de la apertura de establecimientos” (o pinchando sobre el enunciado anterior) en la que se indica en el artículo 7.4  los coeficientes moduladores en el que se cita las condiciones para que las tasas de apertura sean gratuitas: “En los supuestos de establecimientos sujetos a la Tarifa A (General) y a la Tarifa B (Especial) cuya cuota resultante sea de un importe igual o inferior a 500 €, no será exigible la tasa que resulte de aplicación. Respecto a los establecimientos sujetos a la Tarifa A (General) y Tarifa B (Especial), cuya cuota resultante sea superior a 500 €, la tasa que resulte de aplicación se liquidará aplicando los siguientes coeficientes:

CUOTA RESULTANTE COEFICIENTE MODULADOR
> 500 ≤ 1.000 € 0.6
> 1.000 ≤ 3.000 € 0.7
> 3.000 ≤ 5.000 € 0.8
> 5.000 ≤ 10.000 € 0.9
> 10.000 € 1

Para todos aquellos emprendedores que este tipo de tasa supone un quebradero de cabeza en sus inicios ya sabréis que podéis quitaros este gasto.

Desde Núñez-Esteban estaremos encantados de atenderos sin ningún tipo de compromiso en comprobar si con la actividad y el local donde deseáis instalarla es gratuita la tasa de apertura.

Un saludo, y Feliz día de Andalucía.